Acógete a las ayudas de la Comunidad de Madrid para la adquisición de bicicletas eléctricas.

(Sujeto a condiciones convocatoria)

Destinatarios y/o requisitos

Las personas físicas, mayores de edad, residentes en municipios de la Comunidad de Madrid, podrán solicitar 1 ayuda para la adquisición de un vehículo (bicicleta, patinetes, ciclomotor o motocicleta) a lo largo de todo el programa (además de una ayuda para la obtención de un bono ambiental cero emisiones), siempre que cumplan los siguientes requisitos: 

·       Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid. 

·       Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

·       No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad.

Los profesionales autónomos y microempresas (que ocupen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual no supere los 2 millones euros), podrán solicitar hasta 5 ayudas por la adquisición de bicicletas, ciclomotores o motocicletas eléctricas a lo largo de todo el periodo de ayudas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

·       Estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas en el territorio de la Comunidad de Madrid. 

·       Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.

·       Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

·       No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad. En el caso de las PYMES, el total de ayudas de minimis que reciba el beneficiario no podrá superar los 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Tramitación

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa, según lo especificado en las normas reguladoras, por orden riguroso de presentación de las solicitudes en cada uno de los conceptos subvencionables, en función de la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid y en el resto de los registros indicados en el artículo 8.3 de las presentes normas reguladoras.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.

La subvención se otorgará a las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos, se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario disponible para cada uno de los conceptos subvencionables de esta línea de ayudas.

La cuantía de las ayudas es la siguiente:

·       Bicicletas con sistemas de asistencia al pedaleo y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 600 euros.

Más información en

https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-movilidad-cero-emisiones

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